Conozca la manera más segura de compartir con otra persona un boleto de lotería, apuesta o sorteo

Participación en el sorteo o apuesta

Los billetes o boletos de lotería pueden ser expedidos por internet o físicamente en los establecimientos oficiales homologados. Si se compra y juega de manera online, debe hacerse en páginas oficiales y disponer del justificante y resguardo digital de la compra, sorteo o apuesta a nombre del titular, mayor de edad, que ha realizado la misma.

Si se juega a la lotería presencialmente, la titularidad y propiedad del boleto será al portador. De igual manera ocurre en la mayoría de sorteos con participación presencial.

En las apuestas deportivas, por lo general debe identificarse legalmente el participante, tipo de apuesta, modalidad y condiciones de la apuesta realizada. En estos casos resulta más difícil realizar una apuesta deportiva compartida, salvo que los partícipes confeccionen un documento privado detallado.

Compartir la participación en el sorteo de lotería

En los sorteos de lotería, como juego oficial de azar mediante operaciones combinadas, el participante opta a poder ser premiado según la combinación de su boleto. Si el billete resulta premiado, su titular y propietario podrá percibir el premio asociado al billete de lotería acudiendo a la administración correspondiente.

La problemática principal sucede cuando se trata de un billete de lotería o décimo compartido entre varios participantes y titulares. Ya sea entre un grupo de amigos, familiares, una asociación, peña, etc.; es importante estar informado legalmente para no asumir riesgos innecesarios. No puede presumirse que un billete de lotería o apuesta es compartido entre varias personas, si no se ha documentado previamente.

En ocasiones, el hecho de no tomar las medidas legales oportunas conlleva que una apuesta o billete compartido y premiado, si es al portador, termine siendo cobrado únicamente por quien posee el billete.

Si el juego fue compartido entre varias personas, deberá poderse probar la cotitularidad del boleto o décimo premiado, así como la participación concreta de cada persona. De lo contrario, el premio será atribuido únicamente al titular o poseedor del billete premiado.

Medidas de seguridad al compartir un billete de lotería

Para poder participar conjuntamente, con seguridad y de manera responsable en un sorteo de lotería o apuesta es imprescindible tomar las siguientes medidas:

  • Identificar el portador y depositario del billete o boleto compartido
  • Enviar una foto o copia del billete de lotería, boleto o apuesta a los demás participantes
  • Indicar la participación de cada persona sobre el sorteo (ya sea a partes iguales, según porcentaje, etc.)
  • Disponer de una copia firmada por el titular, portador o poseedor del billete o boleto que se comparte
  • Documentar por escrito el juego, participación o apuesta concreta compartida

En los casos en que la apuesta, billete o boleto vayan a nombre del titular que lo compra, será importante redactar un documento privado que regule el juego compartido, número de serie o boleto, y tipo y fecha del sorteo.

En dicho documento debe identificarse detalladamente el tipo de sorteo, apuesta o juego; junto a las personas que participan y lo comparten. Siempre será necesario adjuntar copia del billete, décimo o apuesta compartida, junto a la firma e identificación del titular o depositario.

Cómo actuar en caso de sustracción, pérdida o robo del billete de lotería, boleto o apuesta

Si por cualquier motivo perdemos el billete o décimo de la lotería, incluso si somos víctimas de un robo o sustracción, debemos interponer la correspondiente denuncia penal.

También podremos interponer a la vez una denuncia ante Apuestas y Loterías del Estado, si el billete o boleto es de un sorteo oficial (La Primitiva, el Euromillones, Lotería de Navidad, Lotería Nacional, El Gordo, Quiniela, etc.).

La denuncia debe presentarse ante cualquier dependencia policial o ante los juzgados y tribunales. Debemos indicar todos los datos del sorteo, fecha concreta y billete de lotería. Si es posible, debemos aportar cuantas pruebas dispongamos, a nivel documental y/o testifical, sobre la titularidad, adquisición y tipo de boleto o sorteo perdido o sustraído.

La persona que encuentra un billete de lotería, si puede reconocer la identidad de su propietario, debe devolverlo al mismo, y en su defecto, entregarlo ante las autoridades correspondientes. Caso contrario, podría estar cometiendo un delito de apropiación indebida de cosa ajena.

Quien, fuera de los supuestos del artículo anterior, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.

Artículo 254 Código Penal

Cobrar el premio del billete de lotería compartido

Cuando vamos a cobrar un billete premiado de lotería compartida, es importante identificar ante la entidad bancaria o administración correspondiente los participantes que han jugado el mismo y su cuota de participación.

Con ello se podrá repartir el importe premiado sin mayor complicación. En estos casos, la entidad bancaria descontará los impuestos aplicables, y se ingresará el importe del premio a repartir entre los participantes del sorteo de lotería.

El cobro de la lotería compartida puede hacerse por ingreso al titular o portador del billete a repartir posteriormente; o mediante transferencias o cheques bancarios a cada participante.

Ahora bien, si el portador o titular del boleto premiado lo cobra unilateralmente sin indicar las demás personas que participan en el premio, el reparto económico posterior podría entenderse como una donación. Esto generará costes innecesarios a nivel tributario.

Si la persona que posee o guarda el billete o décimo de lotería compartido lo cobra unilateralmente sin repartir el importe premiado, podría estar cometiendo un delito de apropiación indebida.

En caso de encontrar un billete de lotería ajeno, debemos comunicarlo ante las autoridades. Si en el plazo de dos años no se encuentra su propietario, quien lo haya encontrado podrá quedárselo. Si por contra aparece el propietario, la persona que lo encontró podrá reclamar hasta un 10% del precio o premio del billete.

El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo. […] Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.

Artículo 615 Código Civil

Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso

Artículo 616 Código Civil

La vía judicial en caso de conflicto y para solventar posibles problemas

Desafortunadamente ocurre en ocasiones que un billete o boleto de lotería compartido se cobra unilateralmente por una persona, negando haber otros participantes. En primer lugar, siempre es indicado interponer una reclamación extrajudicial previa a la vía judicial.

Si el billete o décimo compartido no se documentó debidamente, deberemos interponer una demanda de responsabilidad civil, en reclamación de cantidad e indemnización por daños y perjuicios por el importe que nos correspondería como participantes de la lotería premiada.

En los casos en que ilegalmente se excluye del premio a algún participante del billete de lotería compartido, se podrá interponer una denuncia o querella criminal por un presunto delito de apropiación indebida. En estos casos se aplicarán las penas privativas de libertad y/o multa tipificadas en el delito de estafa.

Serán castigados con las penas del artículo 249 o, en su caso, del artículo 250, salvo que ya estuvieran castigados con una pena más grave en otro precepto de este Código, los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido.

Artículo 253 Código Penal

Si el billete de lotería se deteriora o estropea, su titular o portador debe contactar con la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE). En su defecto, deberemos interponer las acciones legales oportunas.

Regulación legal y normativa sobre el juego de la lotería y apuestas

A nivel legal, es indicado remitirnos a a Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y a la normativa sectorial de cada tipo de lotería o apuesta, siendo aplicable de manera supletoria el Código Civil.

Ello con independencia de la regulación penal ante los presuntos delitos que pudieran llegar a cometerse por el cobro ilícito de un billete premiado; o en su caso, de la responsabilidad civil reprochable de quién actúa contrariamente a lo acordado.

En cualquier caso, si nos encontramos ante una controversia o conflicto en el momento de cobrar el premio de un billete de lotería, décimo, boleto o apuesta compartida; podremos acudir a un abogado especialista en derecho civil y penal. Con ello obtendremos el debido asesoramiento jurídico y podremos emprender las acciones legales menesteres.

Podcast y vídeo: Compartir un billete de lotería o apuesta

PODCAST CÁPSULA LEGAL: COMPARTIR CON SEGURIDAD UN BILLETE DE LOTERIA BOLETO O APUESTA

VÍDEO CÁPSULA LEGAL: COMPARTIR CON SEGURIDAD UN BILLETE DE LOTERIA BOLETO O APUESTA


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