Dejar sin efecto un contrato y resolverlo es posible cuando una de las partes no cumple con su obligación.

Resolver un contrato.

Cuando hablamos de resolver un contrato hacemos referencia al hecho jurídico de dejarlo sin efecto; rescindirlo.

La resolución contractual puede pedirla la parte del contrato que cumple sus obligaciones. Pese a lo anterior, puede resolverse un contrato pese estar incumpliendo sus obligaciones, si dicho incumplimiento es a causa de la falta de cumplimiento previa de la otra parte.

Puede suceder que el acreedor que solicita el cumplimiento de la obligación al deudor, a su vez, tampoco cumpla sus obligaciones. En este caso, el deudor reclamado puede oponerse al cumplimiento. Sucedería en este caso la denominada excepción de incumplimiento contractual.

Sea cual sea la situación, el primer paso será documentar la naturaleza de las obligaciones acordadas entre las partes. De igual manera, deberemos probar la existencia del incumplimiento en que incurra la otra parte. Finalmente, deberá notificarse al deudor la resolución contractual que ha tenido lugar, reclamando lo que ajustado a derecho convenga, conforme la legislación vigente y pruebas obrantes.

Indemnización por resolución contractual.

Cuando se incumplen obligaciones contractuales mutuas y recíprocas, puede solicitarse una indemnización por daños y perjuicios causados. Esto no será aplicable si la obligación es unilateral o accesoria.

El Código Civil permite en las obligaciones bilaterales y recíprocas:

La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.

El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.

Artículo 1124 Código Civil

La indemnización que lleve aparejada la resolución contractual deberá quedar acreditada objetivamente en todo momento. Según la problemática, puede ser recomendable disponer de periciales económicas que dictaminen el valor de los daños causados.

Obligar al cumplimiento del contrato.

Cuando una de las partes de un contrato ve como la otra no cumple con sus obligaciones, puede forzar al cumplimiento. Obviamente corresponderá a la autoridad judicial compeler al deudor para que cumpla.

Caso de no realizarse ni por mandato judicial, pueden preverse sanciones económicas o la realización de la obligación por terceros, pagadero por el deudor, en los casos que ello sea posible. En estos casos, suele ser necesaria solicitar la ejecución judicial de la sentencia incumplida por el deudor condenado al cumplimiento de la obligación contractual.

Con independencia de si el acreedor resuelve o no el contrato, tendrá derecho en todo caso a ser indemnizado. Dicha indemnización comprenderá los daños y perjuicios (inclusive lucro cesante y daño emergente) que se prueben de manera fehaciente como causa del incumplimiento de la obligación contractual.

En cualquier caso, siempre es aconsejable interponer una reclamación extrajudicial mediante abogado experto en contratos y obligaciones. Si hubiera una negociación y acuerdo, podria solventar la problemática y evitar la vía judicial.


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