Conducir un vehículo a motor sin licencia es delito, y puede conllevar pena de cárcel

El delito de conducción sin carné protege jurídicamente la seguridad vial. Cuando hablamos de seguridad vial hacemos referencia a la vida e integridad de las personas que participan en el tráfico rodado.

El Código Penal tipifica el delito de conducción sin permiso o licencia en el artículo 384. Se prevén penas privativas de libertad, de multa y de trabajos en beneficio de la comunidad, según la gravedad de los hechos y condiciones del sujeto.

Debemos tener en cuenta que se trata de un delito doloso. Es decir, con voluntad y conocimiento de delinquir o de su ilegalidad.

Conducir sin puntos o con el carné caducado

Para que se cometa el delito, la pérdida de vigencia del permiso o licencia debe ser a causa de la retirada de puntos.

La circulación con un vehículo a motor o ciclomotor con carné caducado se sancionará por la vía administrativa. Esto es así porque la falta de vigencia y caducidad no es debida a la pérdida de los puntos del carné. En este caso no se cumple el requisito delictivo del tipo penal y no podría condenarse.

Así pues, cuando el carné de conducir pierde su vigencia o no se renueva, no e comete delito de conducción sin licencia. Si la pérdida de vigencia o carné lo es a causa de la pérdida de los puntos del mismo, se sancionará vía judicial penal.

Consulte más información en el artículo «El carné por puntos en la DGT«.

Conducir con el carné retirado o sin carné de circulación

Si la autoridad judicial retira el carné de conducir, permiso o licencia a un ciudadano, éste no puede conducir. Si se conduce con el carné retirado judicialmente, se cometerá un delito de conducción sin carné. A su vez, conducir sin haber obtenido nunca el permiso de circulación o licencia para conducir supondrá la comisión del delito.

La sentencia judicial que condena a la retirada del carné debe ser firme. Es decir, que no haya sido recurrida vía penal por el condenado. Caso contrario, la resolución judicial no sería firme hasta que dictara sentencia condenatoria el superior jerárquico.

Otra modalidad típica penada se comente por la persona que conduce sin haber obtenido permiso de conducción. En este caso, no se incluye a quien conduce en situación administrativa irregular ni a quien perdió la validez de su autorización de conducir vehículos.

Lo mismo sucede en los casos que el sujeto tiene permiso o licencia de circulación de otros países. Con independencia de que tales licencias de conducir tengan o no validez en España. Si el autor tiene licencia, no se comete el delito.

Regulación legal a nivel penal

La conducción sin carné, ya sea por retirada de puntos, por no haberlo obtenido, por haberse retirado o por no estar vigente supone un delito penal. Las condenas comprenden desde pena privativa de libertad, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Artículo 384 del Código Penal

Justificación y error en la conducción sin carné

Conducir sin permiso o licencia en atención a un estado de necesidad puede ser una causa eximente de responsabilidad criminal. La misma debe estar absolutamente justificada, probada y en última instancia será el juez quien lo valorará.

El estado de necesidad lo encontramos regulado en el artículo 20.5 del Código Penal como causa que exime de responsabilidad, siempre que concurran los requisitos legales.

Puede ocurrir que el investigado por conducir sin carné o permiso desconozca su ilegalidad y actúe por error. Actuar bajo error, si se acredita que el mismo es invencible, exime de responsabilidad criminal por ausencia de dolo como requisito subjetivo del delito.

Si la persona detenida o investigada desconoce la necesidad de permiso para conducir vehículos, puede entenderse que concurre un error de prohibición. Actualmente la conducción de vehículos bajo licencia es conocida a nivel mundial, así que tal error de prohibición difícilmente será aceptado por el tribunal o juzgado.

Si quien conduce desconoce, por no habérsele notificado, de la retirada y pérdida total de puntos de su permiso o licencia, puede incurrir en un error de tipo invencible.

1. El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.

2. El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.

3. El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.

Artículo 14 del Código Penal.

Debemos tener en cuenta que también podría cometerse el delito por tentativa. Es decir, no llegar a cometer el hecho penado y tipificado. En este caso se impondría una pena menor en base a los artículos 16 y 62 del Código Penal. Por ejemplo, podría cometerse el delito en grado de tentativa, si quien conduce sin carne no llega a hacer avanzar el vehículo.


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