Consecuencias legales de no pagar el renting ni devolver el vehículo arrendado
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Definición y características del renting
El renting es una modalidad de arrendamiento de bienes muebles, particularmente extendida en el sector automovilístico. Los arrendatarios pagan una cuota o renta mensual a cambio del uso del bien durante un periodo determinado. Esta forma de arrendamiento se distingue del leasing en que no incluye una opción de compra al término del contrato. En un contrato de renting, el arrendador mantiene la titularidad del bien y el arrendatario lo utiliza conforme a las condiciones pactadas.
Algunas de las ventajas que nos ofrece renting o arrendamiento de vehículos son:
- Disponibilidad inmediata y estreno de vehículo: Con firmar el contrato de renting y pagar la mensualidad, el arrendatario recibirá el vehículo nuevo, sin haber tenido que pagar su coste de compra, mucho más elevado.
- Mantenimiento incluído: Los contratos de renting suelen incluir el mantenimiento, y las reparaciones del vehículo.
- Flexibilidad financiera: Al no requerir un desembolso inicial elevado, el renting permite una mejor planificación financiera, con cuotas asequibles y sin pagar entradas ni paga y señal.
- Seguro del vehículo: Por lo general, estos arrendamientos suelen incluir en el mismo precio mensual un seguro a todo riesgo.
- Renovación de flota: Las empresas pueden mantener una flota de vehículos actualizada sin asumir la depreciación de los mismos.
- Contratación personalizada: Como cualquier contrato de arrendamiento, las condiciones son siempre negociables. Inicialmente siempre podremos elegir entre modalidad de pago, kilometraje máximo, años de duración y precios por extras no incluidos.
Consulte información relacionada en el artículo «Los contratos de leasing y renting».
Impago del renting
El impago de las cuotas de renting constituye un incumplimiento contractual que puede derivar en diversas consecuencias legales para el arrendatario. El arrendador tiene derecho a reclamar las cuotas impagadas mediante un procedimiento judicial civil de reclamación de cantidad.
En función de la cuantía, el procedimiento puede variar:
- Procedimiento monitorio: Se presenta una petición inicial sin ser necesario abogado ni procurador. Debe versar sobre deudas líquidas, vencidas y exigibles.
- Procedimiento verbal para cantidades inferiores o iguales a 15.000 euros, es un proceso más ágil y menos costoso.
- Demanda de juicio ordinario: para reclamaciones de más de 15.000 euros, siendo un procedimiento formal y prolongado.
Ante el incumplimiento del arrendatario, el arrendador puede optar por resolver el contrato de renting. Esto implica la devolución inmediata del bien y la posibilidad de reclamar judicialmente los daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento.
En algunos contratos de renting, se estipulan garantías adicionales como fianzas o avales bancarios. En caso de impago, el arrendador puede ejecutar estas garantías para resarcir parte de la deuda pendiente.
Delito de apropiación indebida ante un impago
La apropiación indebida es un delito que se produce cuando una persona que recibe legalmente un bien mueble ajeno (p.e. el vehículo de renting), se lo apropia ilegalmente sin intención de devolverlo. Este delito no puede cometerse de manera imprudente, siendo necesario el dolo en el autor, como conocimiento y voluntad de cometer el ilícito.
Para que pueda cometerse la apropiación indebida, es necesaria una primera tenencia legítima (mediante depósito, comisión o custodia, etc.) de un bien mueble (vehículo, dinero, joyas, obras de arte, etc.) por el autor del delito, seguida de un acto de disposición ilegítimo no acordado sobre el mismo en beneficio propio o de otra persona y en perjuicio de su propietario.
Serán castigados con las penas [de prisión de seis meses a tres años (ex.art.248C)] los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido. […]
Artículo 253 Código Penal
Requisitos del delito de apropiación indebida
La apropiación indebida se caracteriza por tener los siguientes elementos constitutivos del tipo penal:
- Existencia de un bien mueble: El objeto debe ser un bien mueble, en el caso del renting, de un vehículo.
- Posesión inicial legítima: El bien debe haber sido entregado en virtud de una relación jurídica que genere la obligación de devolverlo, como por ejemplo la custodia, depósito o alquiler.
- Dolo: El sujeto activo debe tener un ánimo de apropiación. Es decir, intención y voluntad de hacerse suyo el bien, negando su devolución.
- Ánimo de lucro: Los autores persiguen el beneficio propio o de un tercero, en perjuicio del propietario o legítimo poseedor inicial.
Estos delitos en ocasiones se confunden con otros. Por ejemplo, en las estafas se requiere un engaño inicial para la entrega del bien, mientras que en la apropiación indebida la entrega inicial es lícita. En los delitos de hurto y robo se sustrae la propiedad ajena sin consentimiento de su titular ni por negocio que conlleve una obligación de devolución, como ocurre en la apropiación indebida.
La apropiación indebida puede ser en la modalidad leve, si el valor de lo apropiado no supera los 400.-€ (multa de 1 a 3 meses).
Consecuencias de quedarse el vehículo sin pagar
La apropiación indebida de un vehículo alquilado en un contrato de renting puede acarrear graves consecuencias legales para el arrendatario.
A nivel penal, la persona que no ha devuelto un vehículo alquilado o de renting cuando debía, puede ser condenada a penas de hasta tres años de cárcel por un delito de apropiación indebida. El legislador en estos casos busca castigar el abuso de confianza y perjuicio causado al propietario del bien. Estos delitos pueden ser perseguidos con la interposición de una denuncia penal o de una querella criminal.
Todo conductor que ha alquilado un vehículo sabe que la duración del contrato es finita y cuando termina, hay que devolverlo. Si no se sigue esta lógica, se puede incurrir en un delito de apropiación indebida: esta es la razón que llevará a un hombre a la cárcel por un caso ocurrido en España.
Elena Sanz Bartolomé,El Motor, El País (23/05/2024) «Seis meses de cárcel: el duro castigo por no devolver un coche de alquiler»
A parte de las penas privativas de libertad, los responsables del delito pueden ser condenados al pago de los daños y perjuicios ocasionados. Esto incluye tanto el valor del vehículo como cualquier mensualidad pendiente o daño adicional derivado del uso indebido o la demora en la devolución. Estas acciones civiles pueden reclamarse penalmente como responsabilidad civil derivada del delito, o mediante demanda civil en reclamación de daños y perjuicios.
A parte de las denuncias penales y demandas civiles, en casos confirmados de apropiación indebida, la policía tiene la autoridad para incautar el vehículo. Este proceso implica la devolución del bien a su legítimo propietario y puede conllevar costes adicionales que deberán ser asumidos por el infractor.
Proceso de incautación del vehículo
Cuando se sospecha de una apropiación indebida, las fuerzas de seguridad tienen la capacidad de intervenir y recuperar el vehículo. El proceso generalmente sigue estos pasos:
- Denuncia del propietario o titular del vehículo: El primer paso es que el arrendador presente una denuncia formal ante las autoridades competentes, detallando el impago y la apropiación indebida del vehículo.
- Investigación policial: Tras recibir la denuncia, la policía llevará a cabo una investigación para verificar los hechos y determinar la ubicación del vehículo y su legítimo titular. Esta fase puede incluir entrevistas, revisión de documentación contractual y seguimiento del vehículo.
- Incautación del vehículo: Si se confirma la existencia de una presunta apropiación indebida en contra de la propiedad o titular, la policía procederá a incautar el vehículo y restituirlo al propietario. Este proceso habitualmente conlleva la intervención de grúas y otros servicios logísticos para asegurar la recuperación del bien.
- Proceso judicial penal: Los agentes de la autoridad generan las correspondientes diligencias policiales que envían al juzgado, junto a la denuncia por apropiación indebida, para que el delito sea investigado.
Diferencias entre la reclamación vía civil o penal
En ocasiones las empresas de renting acuden inicialmente vía penal por apropiación indebida, en vez de reclamar por demanda civil; por la celeridad cuanto a la incautación e inmediata recuperación del vehículo. Si esto se hiciera mediante demanda ante la jurisdicción civil, la compañía debería reclamar las rentas pendientes de pago, daños y perjuicios y la obligación de que el demandado le entregue el vehículo o que el propio juzgado autorice su retirada por las autoridades. Pese a ello, el proceso es más lento que si se inicia penalmente, caso de haberse cometido un delito.
Debemos tener en cuenta que, para iniciar un proceso penal contra una persona, deben existir indicios y pruebas que sobre la posible existencia de un delito. De lo contrario, se podría estar cometiendo un delito de denuncia falsa.
Pueden consultar más información en el artículo «Los delitos de denuncia falsa y simulación de delito».
Estrategias de prevención de riesgos en el renting
Las empresas de renting pueden adoptar diversas estrategias preventivas para minimizar el riesgo de impagos y apropiaciones indebidas:
- Evaluación de Riesgos: Realizar un análisis exhaustivo de la solvencia y antecedentes del arrendatario antes de celebrar el contrato.
- Cláusulas Contractuales Claras: Incluir cláusulas que especifiquen las consecuencias del impago y los procedimientos de resolución del contrato.
- Seguimiento y Control: Implementar sistemas de seguimiento y control del uso y localización de los vehículos arrendados.
- Colaboración con Autoridades: Mantener una estrecha colaboración con las fuerzas de seguridad para agilizar la recuperación de vehículos en caso de apropiación indebida.
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