Imponer el propio derecho fuera de las vías legales puede ser un delito

Tomarse la justicia por su mano

Cuando una persona no utiliza las herramientas legales que pone a su disposición el ordenamiento jurídico, e impone su derecho, puede cometer un delito de realización arbitraria del propio derecho. Éste delito prevé penas de multa de hasta doce meses.

Así pues, que uno lleve razón en atención a lo que legalmente le corresponde por derecho, no conlleva que pueda tomarse la justicia por su propia mano e imponerlo. Si nuestro derecho propio es vulnerado, deberemos acudir a las autoridades o tribunales, siguiendo los cauces legales oportunos.

Bien jurídico protegido

El en delito de realización arbitraria del propio derecho se protegen directamente los derechos individuales, como la libertad o diversos derechos patrimoniales. También se protege indirectamente la monopolización de la actividad de la justícia por parte del Estado.

Así pues, ningún ciudadano puede ejercer e imponer unilateralmente la acción de la justícia, eludiendo los medios legales disponibles y los procedimientos oportunos.

Conducta penada

El autor del delito debe actuar fuera de las vías legales y en favor de su derecho subjetivo.

Para cometer el delito es necesario que el autor actúe con violencia, intimidación o fuerza en las cosas. Si además de lo anterior se usan objetos peligrosos o armas, se impondrá una pena más grave.

En todo caso, se castigará la elusión de la justícia cuando el autor del delito se la tome por su propia mano.

Autoría del delito de realización arbitraria del derecho

Cuanto al elemento subjetivo del tipo delictivo, se requiere que el autor actúe para realizar un derecho que le es propio. Es por ello que no se estaría ante un delito de realización del propio derecho quien actúa para realizar el derecho de un tercero.

La comisión de éste delito no permite causas de justificación en situaciones de menoscabo inminente, como serían la legítima defensa o un estado de necesidad. En estas situaciones, el sujeto que ve menoscabado o no realizado su derecho deberá acudir a las vías cautelares reguladas por ley.

Regulación legal penal del delito

El Código Penal regula el delito de realización arbitraria del propio derecho en el artículo 455 como un delito contra la Administración de Justícia. A modo general, el legislador castiga a quien se tome la justicia por su mano.

El que, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas, será castigado con la pena de multa de seis a doce meses.

Se impondrá la pena superior en grado si para la intimidación o violencia se hiciera uso de armas u objetos peligrosos.

Art. 455 Código Penal


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